En dependencias de la Fiscalía Regional de Coquimbo, el Fiscal Regional, Enrique Labarca Cortés, la Directora de la Corporación de Asistencia Judicial, CAJ, Marcela Le Roy y el Secretario Regional Ministerial de Justicia, Gregorio Amunátegui Jaure, firmaron el Protocolo de Acuerdo del Convenio para la Mediación entre ambas instituciones.
Este convenio, que tiene plazo de un año, tiene por objeto someter a mediación determinados hechos a fin de buscar una solución que no implique una condena y en definitiva una respuesta a situaciones que no requieren la vía penal.
Dicho convenio se enmarca dentro de los lineamientos estratégicos de la Fiscalía, como el Fortalecimiento de la Coordinación Interinstitucional y la Persecución Penal con Estándares de Calidad.
El acuerdo se materializa en que la Corporación de Asistencia Judicial brindará los servicios de mediación a los habitantes de La Serena y Coquimbo, para la resolución de conflictos penales, así como la disposición de los profesionales e infraestructura de los Centros de Mediación de La Serena.
Por su parte, la Fiscalía difundirá este convenio con todos sus profesionales, especialmente los que tramitan causas y atienden público, a objeto de recomendar la derivación de casos al Centro de Mediación.
El Fiscal Regional, Enrique Labarca, explicó respecto al convenio que “no se comprende cualquier delito, sino que en general ilícitos de baja penalidad, en los cuales además sea posible una suspensión condicional o un acuerdo reparatorio. En general hechos que permitan una salida alternativa o una solución en que claramente no se encuentre comprometido el interés público en la persecución penal o la naturaleza del bien jurídico impida un acuerdo y además, de efectuarse una salida alternativa, se cumplan con las instrucciones del Fiscal Nacional y las que existen a nivel regional”, dijo.
Se entienden además la derivación de causas a este sistema cuando los hechos sean conflictos vecinales o escolares, donde no hay lesiones u otro ilícito, independiente de la salida jurídica que se haga en estos casos.
“En todo caso, este convenio no importa una restricción o limitación al ejercicio de nuestras facultades constitucionales y legales en materia de investigación y ejercicio de la acción penal, toda vez que no es obligatoria la derivación y ésta se efectúa en el entendido de ser una herramienta que permita una solución de fondo a temas que muchas veces no son delito o son delitos de baja penalidad y repercusión social y personal para la víctima”, añadió Labarca.
Se excluye en todo caso la violencia intrafamiliar con lesiones graves o gravísimas y cualquier delito o conflicto que importe una situación de riesgo para la vida de las personas.