Por 102 votos a favor, 1 en contra y una abstención, la Cámara de Diputados aprobó, en tercer trámite constitucional, el proyecto de ley que modifica la Ley N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, que mejora las condiciones de trabajo de los consejeros regionales, quienes desde 2013 son elegidos en forma directa por la ciudadanía.
De esta manera, la iniciativa quedó lista para ser promulgada por la Presidenta de la República, Michelle Bachelet.
Al respecto, el subsecretario de Desarrollo Regional, Ricardo Cifuentes, señaló que este proyecto es el primer paso de un conjunto de medidas legislativas y administrativas tendientes a descentralizar Chile.
“Concretamente, esta iniciativa mejora las condiciones de trabajo de los consejeros regionales, de manera que estos puedan desempeñar adecuadamente las funciones para las cuales, por primera vez en la historia de nuestro país, fueron elegidos por votación popular en noviembre del año pasado”, indicó la autoridad.
Agregó que “se trata de un avance importante en el proceso en que estamos abocados, pero, como lo dije anteriormente, es solo el comienzo. Acabamos de enviar al Parlamento el proyecto de reforma constitucional que establece la elección democrática de los intendentes y en los próximos días vamos a ingresar las indicaciones al proyecto de ley de fortalecimiento de la regionalización, actualmente en segundo trámite constitucional en la Cámara de Diputados, que permitirá traspasar competencias desde el gobierno central a los gobiernos regionales”, expresó.
El subsecretario Cifuentes, afirmó que estas son solo algunas de las medidas que la SUBDERE va a impulsar este año en el marco de la Agenda de Descentralización, “con las que esperamos ir resolviendo las inequidades territoriales y dándole mayor autonomía política y económica a las regiones del país”, manifestó.
Cabe destacar, que entre otras disposiciones, la iniciativa despachada por el Congreso Nacional establece lo siguiente:
1.- Incrementa la dieta mensual de los consejeros, pasando de un máximo posible de 16 UTM a 32 UTM.
2.- El presidente del Consejo Regional dispondrá de una dieta equivalente a la del resto de los consejeros, pero incrementada en un 20%.
3.- Se elimina el sistema de gastos por rendir de los consejeros y se reemplaza por un sistema de viáticos, equivalente al que percibe el Intendente por igual concepto.
4.- Los consejeros regionales dispondrán de los permisos necesarios por parte de sus empleadores para ausentarse de sus labores habituales, con el objetivo de que puedan asistir a las sesiones del Consejo y de las comisiones.
5.- Para efectos de la percepción de la dieta y de la asignación adicional que reciben los consejeros no se considerarán como tales las inasistencias que obedecieren a razones médicas o de salud que hayan sido debidamente acreditadas.
6.- Los consejeros regionales podrán afiliarse al Sistema de Pensiones, de Vejez, de Invalidez y de Sobrevivencia de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ley Nº 3.500. Asimismo, por la actividad que realicen en tal condición, quedarán sujetos al seguro contra riesgo de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales establecido en la Ley Nº 16.744.