La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó hoy –martes 31 de mayo– el recurso de nulidad presentado por el Ministerio Público, en contra de la sentencia que condenó a Marco Antonio Olmos Barraza a la pena de 5 años de presidio, como autor del delito frustrado de femicidio de su cónyuge, Karol Alexandra Pizarro Chacana, ilícito perpetrado en la comuna de Ovalle, en julio de 2015.
En fallo unánime (causa rol 159-2016), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Pedro Shertzer, Christian Le-Cerf y la abogada (i) Elvira Badilla– rechazó la acción judicial y confirmó la resolución dictada, el 5 de abril pasado, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Ovalle que, por reunirse los requisitos legales en la especie, conmutó el cumplimento efectivo de la pena por la libertad vigilada intensiva por igual lapso, con plan de intervención individual y la obligación de someterse a tratamiento de control de impulsos.
Criterio que refrendó el fallo en alzada que concluye “que dicha sentencia no es nula, como tampoco el juicio que le sirvió de antecedente”.