¿Cuáles son las viviendas colectivas que se censarán?
- Hoteles, Apart hotel, hostales, lodges, hosterías, moteles, pensiones y residenciales.
- Hospitales, Clínicas y centros especializados de salud (psiquiátricos, oncológicos, sanatorios, etc.)
- Hogares de menores
- Escuelas, cuarteles y comisarías que dependen de las Fuerzas Armadas, Orden y Seguridad.
- Cárceles, Centros de Menores de Internación Provisoria
- Casas de acogidas Adulto Mayor
- Compañías de Bomberos que cuenten con alojamiento
- Campamentos mineros, forestales, agrícolas, temporeros, pesqueros.
¿Cómo se censa a las personas en las viviendas colectivas?
Se censan a las personas que cumplan con las siguientes condiciones: Personas hospitalizadas, presos, personal religioso, bomberos, personas alojadas en hoteles o pensiones, etc., que alojen la noche del 18 al 19 de abril de 2017 en la Vivienda Colectiva.
NO se censan en las Viviendas colecticas a las personas: Personas que trabajan en las viviendas colectivas (doctores, enfermeras, etc.) con turnos de noche que, aunque pasen la noche del 18 al 19 de abril de 2017 en la Vivienda Colectiva, regresen a sus Viviendas el día del Censo.
¿Cómo se censará a las personas en situación de calle?
Las personas en situación de calle serán censadas por Censistas especiales, provenientes de grupos que tienen experiencia en la relación con este segmento de la población; entre ellos habrá voluntarios de fundaciones, ONG y municipalidades.
El levantamiento de la información será desde las 20.00 hrs del día 18 de abril, pues ese horario permite encontrar a las personas en lugares específicos o donde acostumbran dormir.
El Cuestionario que se aplicará será el de Vivienda Colectiva, tendrán un número de portafolio especial que los identifica como personas situación calle.
Cuáles son las personas en tránsito para Censo?
Las personas que se encuentren de viaje (en bus, avión o embarcaciones) dentro del territorio nacional la noche anterior al día del Censo, esto es la noche del 18 al 19 de abril, deberán autocensarse.
Para ello, en los días previos se distribuirán Cuestionarios de Personas en Tránsito en aeropuertos internacionales, puertos y terminales de buses, cuya actividad principal es el traslado de pasajeros.
Solo se censará como personas en tránsito a:
- Quienes viajen dentro de Chile al menos 4 horas, entre las 00:00 y las 06:00 del 19 de abril, es decir, que pasen la mayor parte de la madrugada del 19 de abril viajando.
- Quienes salen del territorio nacional después de las 00:00 horas del 19 de abril.
Uso de sello censal
¿Cuándo se pega el Sello de Vivienda Censada?
- Para identificar que una Vivienda ha sido correctamente censada, el Censista pegará un sello por fuera de la vivienda, en un lugar visible.
- Ese sello debe ser pegado en las viviendas particulares con moradores presentes, una vez que todas las personas han sido censadas y el censista ha completado su tarea
- El sello debe ser pegado también en todas las viviendas desocupadas (en venta, arriendo, de temporada o abandonada, por ejemplo).
¿Cuándo se dejará una Citación en las Viviendas?
El Censista dejará una Citación:
- En las viviendas particulares que tengan moradores ausentes.
- Quienes no pueden comprender lo que se pregunta o bien no se puede establecer una comunicación con la persona
- En las viviendas en que sus ocupantes se rehúsan a responder el Cuestionario, no se pega el sello y tampoco se deja la citación. El Censista solo debe informar a su Supervisor a cargo, quien resolverá la situación.
En esta Citación se entregará a la persona la información del lugar habilitado para que pueda ser censada y el horario y plazo en el que debe concurrir.
¿Preguntas frecuentes ?
- Qué pasa si me encuentro fuera de Chile durante el Censo?
Solo serán censadas las personas que hayan pasado las 00:00 horas del día 19 de abril en el territorio nacional. Por ende, si saliste del país antes, de las 00:00 del 19 de abril o llegaste a Chile después de las 00:00 del 19 de abril, no serás incluido en el Censo, ya que durante el momento censal no te encontrabas en el territorio nacional.
- Si vivo solo/a y debo trabajar, ¿me puedo autocensar y dejar el cuestionario con el conserje o vecino?
No. Si vives solo y debes trabajar, tu vivienda será censada como Vivienda particular con moradores ausentes y el Censista dejará una Citación, para que seas censado en los días siguientes.
- ¿Qué puedo hacer si vivo solo/a y el 19 de abril seré Censista o Supervisor?
Si vives solo y el 19 de abril trabajas como Censista o Supervisor (solo en esos casos) podrás autocensarte. Para eso, debes llenar con tus datos un formulario censal (el que se te entregó en la capacitación o descargar uno del portal web), meterlo en un sobre cerrado y dejárselo a un vecino o conserje, para que él lo entregue cuando pase el Censista asignado a tu vivienda.
Este Cuestionario NO será el oficial; el Censista correspondiente al sector, cuando reciba este Cuestionario, deberá traspasar la información a los formularios oficiales y pegarle el sticker que lleva consigo.
- ¿Es obligatorio responder el Censo?
Sí, es un deber de cada habitante del país, pues los datos que entregue cada persona son fundamentales para saber cuántas personas habitan el país, cómo son, dónde viven y cómo son sus viviendas. Esta información es clave para diseñar políticas públicas y programas de apoyo para las personas.
- ¿Me pueden multar si vivo solo y no estoy en mi vivienda cuando pase el Censista?
No, solo se dejará la Citación.
- ¿Me pueden multar si me niego a responder?
Si bien hay multas establecidas en la ley, el llamado es a que todos abran su puerta y contesten el cuestionario, dada la importancia que tiene para el desarrollo del país contar con la información que se obtiene con el Censo.
- ¿Cuándo se entregará las compensaciones y a través de qué medio?
Para recibir la compensación, el Supervisor y el Censista voluntario (no funcionarios públicos a contrata y planta) deben haber completado sus labores el día del Censo; las personas que se retiren sin terminar el trabajo asignado no tendrán derecho a la compensación.
La compensación se comenzará a entregar alrededor de 8 semanas después del día del Censo, a través de Banco Estado.