El Gobierno anunció una devolución anticipada de impuestos -en un plazo de 11 días- para las micro, pequeñas y medianas empresas, como también para los trabajadores independientes que entreguen sus declaraciones hasta el 10 de abril
Como una medida para ir en apoyo de las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), así como de los trabajadores independientes, calificó el Seremi de Gobierno, Ignacio Pinto, la determinación tomada por la Tesorería General de la República (TGR), y el Servicio de Impuestos Internos (SII) de adelantar el pago de la devolución del impuesto a la renta.
Así, la autoridad indicó que los contribuyentes que entreguen su declaración entre el 1 y el 10 de abril, y al mismo tiempo elijan la opción de pago mediante un depósito bancario en línea, podrán recibir estos recursos el próximo 21 de abril.
“Sabemos la difícil situación que están pasando las pymes y los trabajadores independientes, por ello como Gobierno hemos avanzado en proyectos importantes como la Ley de Protección al empleo o el Ingreso Mínimo Garantizado, y se toma la decisión de hacer un esfuerzo excepcional y adelantar la devolución de estos excedentes, que sin duda será una ayuda importante para enfrentar la contingencia”, detalló el Vocero Ignacio Pinto.
El Seremi de Gobierno indicó que plataforma para realizar la declaración del impuesto a la renta se encuentra habilitada desde el 1 de abril, por lo que ya está disponible para realizar el proceso. Asimismo, existe un compromiso del Servicio de Impuestos Internos de poner a disposición de la ciudadanía, en su sitio web (sii.cl), toda la información y orientación que requieran para que puedan cumplir adecuadamente con su declaración en la seguridad de sus hogares.
Desde la Tesorería General de la República, informaron que la Operación Renta 2020 espera llegar a cubrir a 3,8 millones de contribuyentes, de los cuales 2,7 millones son personas naturales y 1,1 millón son personas jurídicas. A su vez, se estima que, del total de contribuyentes, 3,2 millones harán su declaración tomando como referencia la propuesta disponible en línea, en el sitio del SII.
Otra de las novedades de esta Operación Renta es que las Mipymes que tengan que pagar impuesto (en vez de recibir devolución), se les amplía el plazo hasta el 31 de julio, evitando con ello que tengan que efectuar el proceso al momento en que realizan su declaración.
El Seremi Ignacio Pinto explicó que los plazos para la devolución de impuestos dependen de la fecha en que se realice la declaración y el medio que seleccione para recibirla.
Fechas a considerar
Contribuyentes Mipymes y trabajadores independientes | ||
Fecha declaración | Devolución por depósito | Devolución por cheque |
1 al 10 de abril | 21-04-2020 | 24-04-2020 |
11 al 19 de abril | 29-04-2020 | 04-05-2020 |
20 al 23 de abril | 13-05-2020 | 29-05-2020 |
24 al 29 de abril | 18-05-2020 | 29-05-2020 |
30 de abril al 8 de mayo | 25-05-2020 | 29-05-2020 |
Otros contribuyentes | ||
Fecha declaración | Devolución de depósito | Devolución por cheque |
1 a 23 de abril | 13-05-2020 | 29-05-2020 |
24 a 29 de abril | 18-05-2020 | 29-05-2020 |
30 de abril al 8 de mayo | 25-05-2020 | 29-05-2020 |