Hasta la oficina comercial de Ovalle llegó la denuncia de sujetos que se estarían haciendo pasar por personal de CGE con la intención de engañar a clientes para que puedan acogerse a los beneficios que entrega la Ley de Servicios Básicos y que consta en repactar la deuda que mantienen algunos hogares con la compañía de distribución eléctrica.
Y es que, pese a que muchas familias lo han pasado mal con esta pandemia, no sólo perdiendo familiares, sino que también sus fuentes de ingresos existen individuos que -aprovechando esa vulnerabilidad- intentan sacar provecho de quienes buscan regularizar su situación comercial con la compañía.
Sucedió en un barrio ubicado en pleno centro de Ovalle cuando un sujeto llegó en una camioneta blanca donde una cliente y la conminó a entregarle dinero en efectivo como medio de pago para que así un tercero le ingresase sus datos para hacer la solicitud.
Esta acción alertó a la cliente ovallina, quien sospechó de la actitud y se negó a proseguir con el diálogo. Fue ella misma quien ingresó los antecedentes a la oficina comercial de la comuna y levantó las respectivas alertas.
“En el contexto de la Ley de Servicios Básicos al que se han acogido más de 6.500 clientes en la región, ningún funcionario de CGE pedirá dinero como pie, tampoco se cobrará por alguna gestión informativa o de inducción ni menos se usarán intermediarios. Por tanto, hacemos el llamado a estar pendientes y denunciar este tipo de prácticas para no ser engañados por inescrupulosos”, señaló Pablo Salinas, gerente zonal de CGE.
Asimismo, recomendó a quienes deseen repactar sus deudas lo hagan siempre a través de los canales formales de la compañía como la página web www.cge.cl o bien al número telefónico gratuito 800 800 767.
Cabe señalar que la Ley de Servicios Básicos no considera intereses, multas ni gastos asociados. Además, brinda la posibilidad de pagar el compromiso comercial en hasta 48 cuotas.
Entre los requisitos para ser parte de este beneficio, están los siguientes:
- Pertenecer al 80% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
- Ser adulto mayor.
- Ser trabajador (a) acogido a la Ley de Protección del Empleo.
- Encontrarse entre quienes estén recibiendo el Seguro de Cesantía.
- Ser trabajador (a) independiente o informal, afectado por una disminución significativa de ingresos, lo que debe ser acreditado mediante una declaración simple.