La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó este martes 11 de agosto por extemporáneo el recurso de protección presentado por los socios del sindicato de trabajadores independientes de juegos electrónicos de habilidad y destreza, en contra de la Municipalidad de Coquimbo, para que se dejara sin efecto ordenanza de agosto de 2013 que les negó el pago de patentes comerciales y, por ende, el funcionamiento de los locales donde funcionaban las máquinas de juego.
En fallo unánime (causa rol 908-2015), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Juan Pedro Shertzer, Fernando Ramírez Infante y el abogado (i) Ciro Sabadini Foretich–, rechazó la acción cautelar por haber sido presentada fuera del plazo legal de 30 días, como se estipula para este tipo de recurso.
“No cabe sino concluir que los recurrentes han tenido pleno conocimiento o noticia de la conducta que reprochan a la Municipalidad de Coquimbo y que sirve de fundamento a la acción cautelar intentada, vale decir, el haberles impedido pagar oportunamente sus respectivas patentes comerciales (las correspondientes al primer y segundo semestre del 2014 y primer semestre del 2015, conforme a lo indicado en el recurso), al menos desde el mes de noviembre del 2014; y, considerando, además, que la presente acción cautelar fue interpuesta el 2 de julio último, se colige, en forma fehaciente, que desde la primera de las fechas señaladas, transcurrió en exceso el plazo de treinta días que contempla el N° 1 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema para deducir recurso de protección, por lo que sólo procede su rechazo, por extemporáneo”, expone el fallo.