La Corte de Apelaciones de La Serena acogió hoy el recurso de protección presentado por Néstor Enrique Palta Velásquez en contra de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), de Coquimbo, entidad que, en diciembre de 2015, rechazó dos licencias médicas por depresión presentadas por el trabajador.
En fallo unánime (causa rol 85-2016), el tribunal de alzada –integrado por los ministros Vicente Hormazábal, Jaime Franco y el abogado (i) Marcos López– acogió la acción cautelar por considerare arbitrario el actuar del Compin, ordenando dejar sin efecto el rechazo de las licencias médicas, proceder a su autorización y correspondiente pago.
El fallo que agrega que “es evidente que se ha afectado el patrimonio del recurrente, en cuanto a que se le ha negado, sin justificación necesaria, el pago de las licencias médicas, por lo cual se ha perturbado y afectado el derecho de propiedad consagrado en artículo 19 número 24 de la Carta Fundamental”.
La decisión de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de rechazar las licencias médicas se basó en un peritaje que concluyó que la depresión que afectó al trabajador “no amerita reposo”, desvirtuando la opinión del médico psiquiatra Juan Vargas Urrea, profesional que diagnosticó que el recurrente padecía un cuadro de depresión mayor y trastorno fóbico, producido tras el fallecimiento de un trabajador bajo su cargo, el 5 de marzo de 2014, en una faena minera.