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Lunes, Noviembre 25, 2024
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Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil se constituye este domingo 16

Urna_VotasPara este domingo en colegio Marta Brunet esta planificada la elección para formar del Cuerpo del Consejo de Organizaciones de la Sociedad Civil, antiguamente conocido como Cesco, el cual era un instrumento de participación que tenia el municipio serenense para integrar a distintas instituciones de la comuna.

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Cesco reunía a 12 instituciones de la sociedad civil, pero con el nuevo proceso se va constituir un Consejo con más de 20 entidades civiles de carácter, territorial, funcional y organizaciones o actividades relevantes para el desarrollo económico, social y cultural de La Serena y donde todas las instituciones pueden participar.

El objetivo de este Consejo es garantizar que la sociedad organizada tenga participación en los procesos, cursos y gestión de la administración comunal, así lo señaló el alcalde de La Serena Raúl Saldívar.

La elección del Consejo Comunal se efectuará este domingo 16 de octubre en el liceo Marta Brunet, ubicado en Avenida Francisco de Aguirre Nº 261.

Para las organizaciones comunitarias de carácter territorial el horario de la votación es de 9 a 10 de la mañana.

En el caso de las organizaciones comunitarias de carácter funcional, el horario de votación se estipuló de 10 a 12 horas.

Los gremios y sindicatos interesados en integrar el Consejo, sólo deberán asistir y registrarse, el día y lugar de la elección de 12 a 13hrs.

Los requisitos que deberán acreditar las organizaciones son:

1. Personalidad jurídica vigente.

2. Domicilio en la comuna, con una antigüedad no inferior a un año a la fecha de solicitar la inscripción.

También los consejeros deberán cumplir requisitos para el cargo.

1. Tener 18 años con excepción de los representantes de las organizaciones juveniles establecidas en la Ley Nº 19.418.

2. Tener 1 año de afiliación como mínimo a una organización al momento de la elección.

3. Ser chileno o extranjero avecindado en Chile.

4. No haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva.

5. De no concurrir el representante legal a la elección, la persona habilitada deberá presentar previo a la asamblea, un poder que lo califique como tal.

En la página del Municipio serenense www.laserena.cl, se podrá encontrar mayores antecedentes y el Reglamento del Consejo Comunal de Organizaciones de la Sociedad Civil.

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