Estamos ad portas de un plebiscito en donde se discutirá la nueva Carta Fundamental de nuestro país.
En ese contexto, me gustaría reflexionar sobre la importancia de los Derechos del Consumidor, que hoy, en pleno siglo XXI, es necesario tener presente en un nuevo orden constitucional.
En la experiencia comparada, tanto en Norteamérica como la Unión Europea, se han regulado los Derechos de los Consumidores como fundamento necesario de protección Constitucional. Así las cosas es loable destacar el caso de España, en donde en la Carta Fundamental (Artículo 51), se reconoce la protección de los Consumidores de forma expresa.
En efecto, estando a menos de treinta días de un proceso constituyente, me surge la siguiente interrogante; ¿Es necesario o plausible que los Derechos de los Consumidores sean reconocidos por nuestra Carta Fundamental?
La pregunta anterior, a mi parecer, no tiene un sentido meramente populista, sino que proviene de un razonamiento jurídico, toda vez que el consumo -como variable micro y macro económica- se posiciona como una necesidad dentro del orden social que, hoy por hoy, es fundamental para construir un mercado equitativo, pero a su vez, justo para ambas partes.
Así las cosas, y como siempre lo digo, al final del día, todos somos consumidores, y como tal, es necesario que, a estegrupo de personas, se le reconozca una protección efectiva dada la importancia de los consumidores dentro de un sistema social, jurídico y económico.
Por: César Vargas Rojas – Abogado